El Juez
Auto de AdjudicaciónSu rol culmina con la emisión del “Auto de Adjudicación”. Este documento es oro puro, ya que reemplaza a la firma del ex dueño para la venta legal de la propiedad.
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OCT, 16 2026
MOCACHE · FINCAS Y HACIENDAS
Fuente: Consejo de la Judicatura
El Remate inicia: Oct, 16 2026 · Fuente: CNJ Consejo de la Judicatura
Retasa de avalúo de un predio agrícola de 7.33 ha en Mocache, Los Ríos, con casa de 60 m². Valor comercial: $56,025.52; valor a rematar con retasa del 20%: $44,820.42. Proceso judicial por cobro de pagaré.
Ubicación
CRS UTM · UTM zona 17 · 2 vértices
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Expediente
Datos del proceso, perito, linderos y contactos extraídos del informe.
Lindero 1
Norte Lote № 4 de César Burgos Franco en 1516.46 M
Propietario: César
Lindero 2
Sur Lote № 6 de Agusto Burgos Franco en 1458.09 M
Propietario: Agusto
Lindero 3
Este Carretero Público en 94.93 M.
Lindero 4
Deste Rio Macul en 56.76 M.
Procurador Judicial
Ab. Burgos Olalla
Depositario Judicial
Roberto
Propietario
Macias
Retasa de avalúo de un predio agrícola de 7.33 ha en Mocache, Los Ríos, con casa de 60 m². Valor comercial: $56,025.52; valor a rematar con retasa del 20%: $44,820.42. Proceso judicial por cobro de pagaré.
Antes de pujar
Del Auto de Adjudicación al Registro de la Propiedad: aquí se gana… o se hereda un problema habitado.
Su rol culmina con la emisión del “Auto de Adjudicación”. Este documento es oro puro, ya que reemplaza a la firma del ex dueño para la venta legal de la propiedad.
Aquí los protagonistas suelen ser el BIESS (por créditos hipotecarios impagos), la banca privada, los Municipios (por coactivas de impuestos prediales) o el SRI.
Determina el precio base sumando el valor del terreno más la construcción. En inmuebles, su rol es crítico: muchas veces los dueños no les abren la puerta y terminan haciendo avalúos “al ojo” desde la acera, omitiendo que la casa por dentro puede estar destruida.
A diferencia de un auto que espera en un canchón, las casas embargadas casi siempre están habitadas. Pueden ser los dueños originales atrincherados, inquilinos con contratos vigentes (que la ley a veces protege) o simples invasores.
Si el ocupante se niega a salir pacíficamente, el alguacil coordina el “descerrajamiento” (romper seguridades) y el desalojo forzoso (lanzamiento) para entregarle la casa vacía al nuevo comprador.
A diferencia de un vehículo comercial normal, una orden judicial no basta para ser dueño de una casa. El comprador debe llevar el fallo del juez a una notaría para “protocolizarlo” y convertirlo en una escritura pública formal.
Es el filtro final e indispensable. Ellos inscriben la nueva escritura a nombre del comprador y, lo más importante, emiten la orden de cancelar (borrar) todas las hipotecas, embargos y prohibiciones de enajenar que pesaban sobre esa casa.
Entidad burocrática obligatoria donde el adjudicatario debe actualizar los predios a su nombre y pagar los impuestos de traspaso de dominio (alcabalas, utilidades).
En el caso de departamentos o casas en urbanizaciones cerradas, este actor suele aparecer de golpe exigiendo miles de dólares en alícuotas atrasadas dejadas por el ex dueño. (Por ley, estas deudas suelen perseguir al bien, no a la persona).
En inmuebles, solo intervienen activamente si la propiedad produce dinero (ej. un edificio comercial rentado o una hacienda agrícola en producción). El depositario administra esos ingresos mientras dura el juicio para que no se pierdan.